marzo 25, 2026
El Consejo de Estado – Sección Cuarta confirmó la nulidad parcial de los actos mediante los cuales la DIAN vinculó al demandante como deudor subsidiario por la autorretención CREE del período 8 de 2015 a cargo de Trayectoria Oil & Gas, sociedad que ya se encontraba liquidada antes de la expedición de la liquidación oficial de aforo.
La Sala concluyó que, al estar extinguida la personalidad jurídica de la sociedad, el acto administrativo carecía de capacidad para producir efectos jurídicos, por lo que tampoco podía generar obligaciones frente al supuesto deudor subsidiario. En consecuencia, los actos no constituían título ejecutivo ni podían ser oponibles al demandante. Se mantuvo la nulidad parcial y se reiteró que la responsabilidad subsidiaria solo opera si existe previamente un obligado principal vigente.
