CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA SUBSECCIÓN A RADICACIÓN: 08001-23-33-000-2017-00917-01 (67420) DEMANDANTE: PROTEKTO CRA S.A.S. sucesora procesal del CENTRO DE RECUPERACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE ACTIVOS S.A.S. DEMANDADO: MUNICIPIO DE SANTA LUCÍA-ATLÁNTICO REFERENCIA: CONTROVERSIAS CONTRACTUALES
marzo 25, 2026CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA – SUBSECCIÓN B Expediente: 11001-03-26-000-2021-00249-00 (67.831) Demandante: ÁNGEL ENRIQUE ALANDETE PÉREZ Y OTROS Demandada: NACIÓN – MINISTERIO DE DEFENSA – POLICÍA NACIONAL
marzo 25, 2026El Consejo de Estado – Sección Cuarta confirmó la nulidad parcial de los actos mediante los cuales la DIAN vinculó al demandante como deudor subsidiario por la autorretención CREE del período 8 de 2015 a cargo de Trayectoria Oil & Gas, sociedad que ya se encontraba liquidada antes de la expedición de la liquidación oficial de aforo.
La Sala concluyó que, al estar extinguida la personalidad jurídica de la sociedad, el acto administrativo carecía de capacidad para producir efectos jurídicos, por lo que tampoco podía generar obligaciones frente al supuesto deudor subsidiario. En consecuencia, los actos no constituían título ejecutivo ni podían ser oponibles al demandante. Se mantuvo la nulidad parcial y se reiteró que la responsabilidad subsidiaria solo opera si existe previamente un obligado principal vigente.
nulidad y restablecimiento del derecho, responsabilidad subsidiaria, DIAN, autorretención CREE, sociedad liquidada, inexistencia del sujeto pasivo, liquidación oficial de aforo, efectos jurídicos del acto administrativo, título ejecutivo, representante legal, obligaciones formales tributarias, Estatuto Tributario, Superintendencia de Sociedades
