JURISPRUDENCIA

Jurisprudencia de seguros

marzo 25, 2026

CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA SUBSECCIÓN A Expediente: 25000233600020170239802 (71.742)

El Consejo de Estado resolvió la apelación en un proceso de reparación directa contra la Nación – Rama Judicial por el defectuoso funcionamiento de la jurisdicción agraria. Los demandantes alegaron que la dilación y errores en un proceso sobre tierras les ocasionaron la pérdida de cosechas y perjuicios materiales y morales. El Tribunal Administrativo del Huila había negado las pretensiones, pero el Consejo de Estado revocó parcialmente, declarando responsable a la Nación por error jurisdiccional y condenando al pago de indemnizaciones por daños materiales y morales, al demostrarse la afectación al derecho de propiedad y a la actividad agrícola
marzo 25, 2026

CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA SUBSECCIÓN C Radicación: 66001-23-33-000-2021-00245-01 (71404)

El Consejo de Estado resolvió la apelación dentro de una acción de reparación directa presentada por un ciudadano privado de la libertad preventivamente y absuelto en el proceso penal. El Tribunal Administrativo de Santander había declarado responsable a la Nación (Fiscalía y Policía Nacional) por los perjuicios ocasionados. El Consejo de Estado confirmó la condena, reiterando la jurisprudencia sobre la privación injusta de la libertad y reconociendo la indemnización por daño moral, daño emergente y lucro cesante, al demostrarse que la medida cautelar fue desproporcionada y sin fundamento jurídico suficiente
marzo 25, 2026

CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA SUBSECCIÓN C Radicación: 44-001-23-40-000-2019-00067-01 (69136)

El Consejo de Estado resolvió la apelación interpuesta por Coomeva EPS contra la sentencia del Tribunal Administrativo de La Guajira (2021) en un proceso de reparación directa por la muerte de Argenis Beatriz Peñaranda Sierra y de su nasciturus durante el parto. La Sala concluyó que tanto la Sociedad Médica Clínica Riohacha S.A.S. (IPS) como Coomeva EPS son patrimonial y solidariamente responsables, por incumplir su deber de garantizar una atención médica idónea y segura. Se ratificó que las EPS responden solidariamente por fallas de las IPS contratadas. La condena incluyó el pago de perjuicios morales, daño emergente y lucro cesante, además de medidas de reparación integral y exhortos al Ministerio de Salud y a la Superintendencia de Salud para reforzar la protección de mujeres gestantes y sus nasciturus