marzo 25, 2026
La Empresa de Energía de Boyacá (EBSA) demandó en reparación directa a la Nación – Ministerio de Minas y Energía y a la CREG, por el no reconocimiento de los costos derivados de las pérdidas no técnicas de energía, eliminados del cargo de comercialización mediante la Resolución 016 de 2016. Alegó que la exclusión de estos costos generó un desequilibrio financiero y vulneró la confianza legítima. El Consejo de Estado concluyó que el daño provenía de un acto administrativo de carácter general y que el medio de control adecuado era la nulidad y restablecimiento del derecho, no la reparación directa. Por tanto, declaró la indebida escogencia del medio de control y negó las pretensiones.
