marzo 25, 2026
El Presidente de la República devolvió al Congreso el Proyecto de Ley 08 de 2023 Senado – 211 de 2024 Cámara, que introducía la modalidad de arbitraje en procesos ejecutivos para contribuir a la descongestión judicial. El Gobierno formuló objeciones por inconstitucionalidad e inconveniencia, señalando: (i) que incluir “cualquier tipo de ejecución” desconocía la competencia exclusiva de la Contraloría en materia de jurisdicción coactiva; (ii) que permitir el arbitraje en créditos hipotecarios desconoce el principio de voluntariedad, afectando a deudores en condiciones de debilidad; y (iii) que el artículo 37 otorgaba facultades sancionatorias imprecisas al Ministerio de Justicia, vulnerando los principios de legalidad y tipicidad. También se objetaron aspectos de conveniencia relacionados con la ausencia de un árbitro de recusación, la regulación de tarifas y duplicidades de funciones. En consecuencia, el Gobierno devolvió el proyecto al Congreso sin sanción presidencial
