CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA SUBSECCIÓN B Radicación: 25000-23-36-000-2021-00071-01 (71268)
marzo 25, 2026CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA SUBSECCIÓN C Radicación: 44001-23-40-000-2018-00103-01 (70010
marzo 25, 2026La empresa Marchen S.A. en Reorganización demandó a la UGPP por actos que modificaron sus autoliquidaciones de aportes de 2013 con sanciones por mora e inexactitud. El Tribunal Administrativo de Cundinamarca anuló parcialmente los actos y ordenó reliquidar las sanciones. En apelación, el Consejo de Estado confirmó la nulidad parcial (sentencia de 20 de marzo de 2025). Posteriormente, la UGPP pidió aclarar y adicionar la sentencia respecto a la devolución de pagos con corrección monetaria. La Sección Cuarta negó la solicitud, señalando que la sentencia no tenía expresiones ambiguas ni omitió puntos de decisión, y que no podía reabrirse el debate perdido en apelación
Nulidad y restablecimiento del derecho, UGPP, Marchen S.A. en reorganización, Autoliquidaciones de aportes, Sanción por inexactitud, Corrección monetaria, Intereses moratorios, Devolución de pagos en exceso, Aclaración de sentencia, Adición de sentencia, Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Recurso de apelación, Auto de aclaración
